La Directiva 92/25/CEE, en su artículo primero define la distribución al por mayor de medicamentos como "toda actividad que consista en obtener, conservar, proporcionar o exportar medicamentos, excluido el despacho de medicamentos al público; estas actividades serán realizadas con fabricantes o sus depositarios, importadores, otros distribuidores al por mayor o con los farmacéuticos y personas autorizadas o facultadas, en el Estado miembro de que se trate, para dispensar medicamentos al público."
Para poder evaluar la importancia de la labor que desempeña la Cooperativa Farmacéutica de Melilla en su justa medida es necesario encuadrarla dentro del sector al que pertenece, centrando la atención en que se está tratando con un bien fundamental y especialmente protegido: la salud pública. El medicamento, hasta llegar a manos del consumidor, ha sido elaborado en un laboratorio farmacéutico, distribuido al por mayor y dispensado en una oficina farmacéutica. En cada uno de estos tres pasos es necesario asegurar que se cumple con las medidas de seguridad que un producto de tal naturaleza requiere. Además, cada una de estas fases tiene una función esencial; la producción garantizará que las medicinas ofrecidas a la venta sean seguras y efectivas; la distribución mayorista que las medicinas necesarias estén disponibles y la distribución minorista que cada enfermo consuma las medicinas idóneas para su enfermedad.
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